Celebración de la Independencia de Panamá
Independencia de Panamá: El Mes de la Patria
Actualizado el 1 de noviembre de 2024
Panamá se prepara para celebrar una de sus tradiciones más esperadas: Fiestas Patrias. Panamá celebra sus fiestas patrias con un mes de festejos en noviembre. Los festejos incluyen desfiles, música, bailes y otros actos conmemorativos de la historia y la independencia del país. Este año se espera que alrededor de 15.000 estudiantes y casi 100 delegaciones participen en los desfiles por todo el país, que celebran las fechas más importantes de la historia panameña. Las Fiestas Patrias son un momento para celebrar la diversidad cultural de Panamá y mostrar orgullo por su historia, determinación y símbolos.
He aquí las principales fechas de vacaciones:
- Domingo 3 de noviembre: Día de la Independencia de Colombia
- Lunes 4 de noviembre: Día de los Símbolos Patrios
- Martes 5 de noviembre: Día de Colón
- Domingo 10 de noviembre: Primer Grito de la Independencia de la Villa de los Santos
- Jueves 28 de noviembre: Día de Independencia de España
Las claves de estos días:
- Si noviembre en Panamá realmente le parece algo que va a querer hacer, ¡planifique todo lo posible! Esto no puede ser exagerado.
- El tráfico será horroroso. Muchos panameños se desplazarán fuera de la ciudad a las zonas de playa para celebrar las fiestas. Las carreteras estarán cerradas por los desfiles. Tardarás mucho más en llegar a cualquier sitio, así que tenlo en cuenta en tus planes.
- Los días festivos oficiales son días festivos para los bancos Estos son todos los días festivos del gobierno, por lo que las oficinas gubernamentales están cerradas, las escuelas también, además de los servicios públicos limitados, tales como autobuses, y por supuesto, muchas empresas cerrarán sus puertas en cada uno de estos días festivos también. Por lo tanto, si bien es un momento maravilloso para estar en Panamá, ¡tiene esa "sensación de vacaciones" por una razón!
- Mucha gente está de vacaciones, así que asegúrese de reservar con antelación la habitación del hotel, el transporte y las excursiones. Y si hay algún lugar al que no puede faltar, asegúrese de buscar disponibilidad antes de salir para no llevarse una sorpresa de última hora.
- 2 de noviembrend es un "día seco", lo que significa que no se puede comprar alcohol en ninguna tienda ni restaurante.
Ahora bien, si usted es de los que quieren conocer la historia de estas fiestas y lo que significan para Panamá, siga leyendo...
3 de noviembrerd: Independencia de Colombia (1903)
La primera fiesta de El Mes de la Patria es el Día de la Independencia de Panamá, que conmemora la separación de Panamá de Colombia en 1903. En este día, la gente se viste de rojo, blanco y azul para celebrar la libertad de su país del dominio colonial. Los desfiles se suceden por todo el país, mostrando con orgullo un fuerte espíritu patriótico. Las mayores y más elaboradas celebraciones del Día de la Independencia tienen lugar en Ciudad de Panamá, pero a menudo las celebraciones locales más pequeñas por todo el país ofrecen una experiencia más cercana e íntima.
4 de noviembreth: Día de la Bandera
La celebración del Día de la Bandera tiene lugar el 4 de noviembre, conmemorando una vez más la independencia panameña de Colombia. En 1925, María de la Ossa de Amador diseñó la bandera de Panamá, que se adoptó oficialmente el 25 de marzo de ese año. Bandera de Panamá se divide en cuatro cuadrantes pares de color rojo, blanco y azul con dos estrellas, también rojas y azules. Los cuadrantes rojo y azul representan a los partidos liberal y conservador, respectivamente, mientras que el blanco representa la paz en la nación. La estrella azul simboliza la pureza y la honradez en la sociedad civil, y la roja, el imperio de la ley.
5 de noviembreth: Día del colon
El Día de Colón celebra una victoria estratégica en la lucha por la independencia de Colombia en 1903, mediante la cual los residentes de la ciudad de Colón persuadieron a las fuerzas colombianas estacionadas allí de que no avanzaran su posición hacia la ciudad de Panamá. Sin este esfuerzo persuasivo en Colón, las fuerzas colombianas podrían haber obtenido una posición militar más favorable en la lucha.
10 de noviembreth: El Grito de La Villa de Los Santos
El Primer Grito de la Independencia de la Villa de los Santos no es sólo un nombre muy, muy largo para un día festivo, también es un día muy importante. España gobernó Panamá durante Virreinato del Perú durante más de 300 años. Sin embargo, el 10 de noviembrethEn 1821, Rufina Alfaro encabezó un levantamiento rebelde contra los soldados españoles en la provincia de Los Santos, apoderándose de sus cuarteles sin derramar una sola gota de sangre. Este acontecimiento se conoce hoy como El Primer Grito de Independencia de La Villa de Los Santos o el "Primer Grito de Independencia de La Villa de Los Santos". La noticia del levantamiento se extendió rápidamente a la ciudad de Panamá y provocó "gritos" similares en todo el país. Esperando una dura represalia de la Corona española, los rebeldes se aliaron con su vecina, la República de la Gran Colombia, que en aquella época abarcaba lo que hoy es Colombia, Ecuador, Venezuela y zonas de Perú y Brasil.
Si se encuentra en Los Santos o en cualquier otro lugar de la Península de Azuero con motivo de esta celebración, ¡se lo van a pasar en grande!
28 de noviembreth: Independencia de España (1821)
Tras sólo 18 días de revuelta incruenta, y mediante la cooptación de las fuerzas españolas en Panamá, José de Fábrega declaró la independencia panameña de España, aunque simultáneamente se unió a "La República de la Gran Colombia" a través de la Acta de Independencia de Panamá. Panamá formaría parte de esta confederación regional durante 82 años, hasta 1903, cuando Estados Unidos, tras años de apoyo a los movimientos separatistas dentro de Panamá, ayudó a la nación a declarar finalmente su independencia de Colombia.
Acta de Independencia de Panamá de 1821
Declaración de Independencia de Panamá, 1821
TEXTO ORIGINAL ESPAÑOL: Acta de Independencia del Istmo de Panamá de 1821
En Junta General de todas las Corporaciones Civiles, Militares y Eclesiásticas celebrada hoy 28 de Noviembre de 1821 a invitación del Exmo. Ayuntamiento; después de las más detenidas discusiones ante un numeroso pueblo, y bajo el mayor orden y concordia se convinieron y decretaron de común acuerdo los artículos siguientes.
- Panamá espontáneamente y conforme al voto general de los pueblos de su comprensión, se declara libre e independiente del gobierno español.
- El territorio de las Provincias del Istmo pertenece al Estado Republicano de Colombia, a cuyo congreso irá a representar oportunamente su Diputado.
- Los Individuos de la tropa que guarnece esta plaza, quedan en la absoluta libertad de tomar el partido que les convenga, y en el caso que quieran volver a España, se les prestarán todos los auxilios necesarios para su transporte hasta la Isla de Cuba, a los que guardándoseles los honores de la guerra, seguirán a los Puertos de Chagre o Portobelo, luego que los Castillos estén en poder del Nuevo Gobierno obligándose todos los oficiales, sargentos y soldados bajo el juramento debido, a seguir tranquilos, no hacer estorciones algunas ni tomar las armas contra los Estados independientes de América, durante la presente guerra.
- Los enfermos que se hallan en el Hospital, serán asistidos por el Gobierno, y luego que lleguen a restablecerse se les prestarán los auxilios necesarios conforme el artículo 3.
- El Jefe Superior del Istmo se declara, que lo es el Sr. José de Fábrega, coronel que fué de los Ejércitos Españoles; quedando en el mismo pie en que actualmente se hallan todas las Corporaciones y autoridades tanto civiles como eclesiásticas.
- El jefe Superior tomará todas las providencias económicas que sean necesarias para la conservación de la tranquilidad pública.
- Las autoridades prestarán en el acto el juramento de la Independencia, señalandose el domingo próximo para hacer su publicación con la solemnidad debida.
- El Jefe Superior en unión de los Comandantes de los cuerpos oficiarán al de la fortaleza de Chagres y destacamento de Portobelo, para que al oficial que presente las órdenes, entreguen estos puntos al estilo militar.
- El Istmo por medio de sus representantes formará los reglamentos económicos convenientes para su gobierno interior, y en interín, gobernarán las leyes en aquella parte que no digan contradicción con su actual estado.
- La deuda pública que reconoce la Tesorería, se pagará bajo los pactos estipulados en su principio.
- Para los gastos indispensables, el Jefe Político abrirá un empréstito que se reconocerá como parte de la deuda pública.
- Los precedentes Capítulos se imprimirán y circularán a todos los Pueblos del Istmo, para que cesen las desavenencias que los agitan, remitiendo los auxilios que necesita esta Capital, para llevar a cabo tan gloriosa empresa, como lo tienen ofrecido.
(Firmado) José de Fábrega. José Iginio, Obispo de Panamá. Juan José Martínez. Dr. Carlos Icaza. Manuel José Calvo. Mariano de Arosemena. Luis Lasso de la Vega. José Antonio Zerda. Juan Herrera y Torres. Juan José Calvo. Narciso de Urriola. Remigio Lasso de la Vega. Manuel de Arce. José de Alba. Gregorio Gómez. Luis Salvador Durán. José María Herrera. Manuel María de Ayala. Víctor de Beltrán. Antonio Bermejo. Antonio Plana. Juan Pío Victoria. Dr. Manuel de Urriola. José Vallarino. Manuel José Hurtado. Manuel García de Paredes. Dr. Manuel José de Arce. José María Calvo. Antonio Escobar. Gaspar Arosemena. José de los Santos Correoso. Escribano Público".
TRADUCCIÓN INGLÉS: Acta de Independencia de Panamá de 1821
En junta general de todas las corporaciones civiles, militares y eclesiásticas celebrada hoy 28 de noviembre de 1821 por invitación del Ayuntamiento, después de más detenidas discusiones ante una numerosa junta de pueblo y bajo el mayor orden y armonía se acordaron y decretaron de común acuerdo los siguientes puntos:
- Panamá, espontáneamente y bajo el voto general del pueblo de entendimiento, es declarada libre e independiente del gobierno español.
- El territorio de las provincias del Istmo pertenece a la República de la Gran Colombia, a cuyo Congreso acudirá prontamente nuestro diputado para representarnos.
- Los individuos de las tropas acuarteladas en este lugar tienen la absoluta libertad de hacer la elección que más les convenga, y si quisieren volver a España, se les prestarán todos los auxilios necesarios para su transporte a la isla de Cuba; Conforme a los honores de la guerra, los que queden en los puertos de Chagres o Portobelo, harán entonces de las guarniciones las posesiones del nuevo gobierno; obligándose todos los oficiales, sargentos y soldados, bajo el debido juramento, a permanecer tranquilos, a no aceptar soborno alguno, ni tomar las armas contra los estados independientes de América durante la presente guerra.
- Los pacientes españoles que se encuentren hospitalizados serán asistidos por el Gobierno, y una vez que recuperen la salud se les presentará la asistencia necesaria de conformidad con el artículo 3.
- Se declara Jefe de Estado del Istmo a don José de Fábrega, que fue coronel de los ejércitos españoles; todas las corporaciones y autoridades, civiles y eclesiásticas estarán en las mismas condiciones que en la actualidad.
- El Jefe del Estado tomará todas las medidas económicas que sean necesarias para la preservación de la paz pública.
- Las autoridades prestarán de inmediato el juramento de independencia, señalando el próximo domingo para su publicación con la debida solemnidad.
- El Jefe de Estado, junto con los comandantes de las tropas, notificará a la fortaleza de Chagres y destacamento de Portobelo para que el oficial que presente las órdenes entregue estos puntos en estilo militar.
- El Istmo, por medio de sus representantes, formará reglamentos económicos adecuados para su gobierno interno; y mientras tanto, gobernarán de acuerdo a las leyes vigentes en aquellas partes que no contradigan el estado actual.
- Para los gastos necesarios, el Jefe del Estado político creará un préstamo que se reconocerá como parte de la deuda pública.
- La deuda pública es reconocida por el Tesoro y se pagará según los pactos establecidos en su principio.
- Los capítulos que anteceden serán impresos y circulados a todos los pueblos del Istmo para que cesen las desavenencias que los agitan; enviando el auxilio que esta capital necesita para llevar a cabo esta gloriosa empresa, como lo han ofrecido.